domingo, 31 de agosto de 2008

Pregunta que te responde El Semanario El 82

Por considerar de sumo interés la sección del Semanario El 82 del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, iremos publicando en ASOCIB blog esta información para nuestros lectores.

El Semanario El 82 en esta sección pretende aclarar dudas en relación a la nueva Ley Habilitante de Vivienda o cualquier otro tema que pregunten los lectores del semanario. Hasta ahora han publicado:

Sábado, 16 de agosto de 2008

¿Qué son los créditos mixtos?
En la reforma efectuada por el Ejecutivo Nacional a la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, se menciona en su Capítulo II un significativo aporte referente al financiamiento: la consagración de la figura del crédito mixto.
Esto consiste en que todo usuario del sistema podrá optar a un préstamo a largo plazo que incluya la adquisición del terreno y la construcción de la vivienda principal sobre el mismo.
En torno al pago, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, (BANAVIH), determinará las cuotas y diseñará los diversos modelos de financiamiento para la libre escogencia por parte de los solicitantes de préstamos.

Sábado 23 de agosto de 2008

¿Si me adjudican una vivienda cómo me entero?
Tal como lo informó el Ministro Farruco Sesto, los certificados o títulos de adjudicación quedaron eliminados. En su lugar y a partir de ahora serán publicadas las listas de adjudicación, mientras sean entregadas viviendas en los distintos urbanismos que están construyendo o se comiencen a construir en todo el país. Cuando esto ocurra, podrás enterarte en las páginas del Semanario El 82 que viene encartado dentro del Diario VEA todos los sábados y en la página web del Ministerio (www.minvih.gob.ve).
Recuerda también que próximamente podrás acudir a la sede el Ministerio más cercana a tu ciudad, a través de los gabinetes regionales, donde te suministrarán la información que necesites.

Sábado 30 de agosto de 2008

¿Cómo puedo utilizar mi fondo de ahorro de vivienda?
Podrás usar los ahorros que tengas en el Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV) para el financiamiento, compra, construcción, sustitución, restitución, reparación o remodelación de tu vivienda principal.
También puedes utilizarlos para el refinanciamiento o pago de hipoteca que tengas sobre tu casa o para cualquier otra actividad relacionada con la vivienda o el hábitat de tu hogar.
Este ahorro es registrado en una cuenta individual, la cual refleja los aportes y haberes y la obligación de aportar recursos a esa cuenta se mantendrá hasta tu jubilación, o la pensión de vejez o invalidez, salvo que sea tu voluntad continuar cotizando al Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda o que aún debas un crédito.
Otra opción que tienes, es cederlos total o parcialmente, por ejemplo, a tus familiares más cercanos, quienes también los recibirían en caso de fallecimiento del titular. Estas actividades podrás realizarlas a través del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), o mediante los operadores bancarios autorizados.