domingo, 18 de mayo de 2008

¿Cuál es la importancia de la Organización Inquilinaria?


Maglene Sierraalta

Caracas.- Nuestra ley de arrendamientos Inmobiliarios (1999), ¡Santa protectora de los propietarios!, no se refiere a las represalias que normalmente utilizan los propietarios contra los inquilinos.

Los inquilinos desconocemos un derecho que se nos ha brindado a través de la revolución bolivariana: ¡Nuestra Constitución! Sí, ella protege nuestro derecho de Asociación (Artículo 52). Si estamos asociados y organizados, no debemos temer a las represalias de los propietarios.

Sólo a través de la organización podremos hacer valer nuestros derechos a ser servidos. Algunos de ellos son: mantenimiento y conservación del inmueble, habilitación de ascensores, denunciar cuando se nos priva de servicios vitales, tales como: agua, gas, electricidad. Respeto a la privacidad familiar. Denunciar cobros excesivos por conceptos de agua o mantenimiento, aumentos de pago de alquiler en forma inconsulta, medidas de desalojos ilegales, agresiones verbales y físicas, entrega de recibos de pago del alquiler ilegales, estos adolecen del Nº de Control del SENIAT, exigencias de pago en efectivo sin dar recibos a cambio, y tantos otros.

La organización debe tener su origen en el propio edificio, mediante asambleas y normas elementales de convivencia se elige una junta o comisión por piso con su delegado o delegada, que se encargará y servirá de vocero o vocera durante un período determinado (normalmente un año) quien llevará las riendas. A la vez asociarse a otra organización inquilinaria en forma de red parroquial o municipal o juntas comunales y contribuir con las mejoras ambientales en su comunidad.

Sin embargo, el Inquilino también debe recordar que tiene deberes y obligaciones, el prioritario es la cancelación puntual del pago de la renta o canon de alquiler o arrendamiento.