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Venezuela
Opinión
del 11 al 17 de septiembre de 2009
No pague alquiler por un ranchoVenezuela
Opinión
del 11 al 17 de septiembre de 2009
Maglene Sierraalta
Nuestra polémica Ley de Arrendamientos Inmobiliarios declara ilícito el alquiler de ranchos.
No obstante, nos preguntamos ¿Qué es un rancho? La ley antes nombrada, en su artículo 6º, define al rancho de manera simple: “...viviendas urbanas o suburbanas que no posean las condiciones elementales mínimas de sanidad y habitabilidad”. Están comprendidas en este caso, especialmente, las viviendas comúnmente llamadas "ranchos", construidas con materiales inadecuados o perecederos, tales como tablas, latas y cartones, y que carecen de servicios de infraestructura primaria. En consecuencia, nadie estará obligado a pagar arrendamiento por viviendas de esta clase."
¿Cuál es el organismo competente para dar la declaratoria de "rancho" y adjudicar el espacio geográfico a la familia que lo ocupa y castigar al explotador de turno? ¡eterno monstruo especulador que explota al ser humano sin consideración alguna!.
Esa situación se vive en nuestras barriadas. Terrenos, otrora invadidos, subutilizados y explotados, donde construyen viviendas laterales, sin condiciones de habitabilidad elementales; no obstante, se convierten en la renta mensual de un presunto propietario.
Consideramos urgente hacerle un llamado de atención a la Dirección de Inquilinato y a su Director General: Samir Nassar Tayupe. Presumimos que, para regular un inmueble, debe existir una presentación previa de Avalúo. Inocentemente pregunto: ¿Quién lo realiza? ¿Inquilinato o el Propietario? ¿A quién pertenece el avaluador? ¿Quién controla?Hace poco visité un barrio muy popular y antiguo de la zona metropolitana. Tres familias inquilinas, acosadas con una regulación como local comercial –presumo era para el terreno- donde el propietario pretende cobrar rentas, en cada mísero apartamento, de dos mil bolívares fuertes. De no aceptarlo, deben desalojar. Según el dueño: ¡existe quien se los pague!
Los inquilinos hemos tildado, a Samir Nassar Tayupe: "persona no grata". Lúgubremente, él representa el inicio de especulación en materia de cánones de arrendamiento. No es cuestión de considerarlo culpable, sino sencillamente responsable por el deber que representa en su trabajo: Regulador de cánones de arrendamiento o alquiler y contralor en campo, de la verdad inmobiliaria presentada por los dueños.
Atrozmente, durante su período, todos los avalúos de la Dirección de Inquilinato han sido realizados utilizando de raíz las leyes del mercado neoliberal y la libre competencia, menospreciando el factor social de la vivienda para las familias.