viernes, 10 de octubre de 2008

REFLEXIONANDO SOBRE LAS PRESIONES

Publicado el (Sábado 04.10.2008) Memorias de Concreto
Semanario El 82 (p7)
Del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat

Gipsy Gastello Salazar

Al asumir este lugar y estas funciones desde las que escribo hoy, algunos compañeros que tienen más experiencia que yo en el área de la vivienda coincidieron en una advertencia: las manifestaciones a las puertas del Ministerio. Son muchas las historias, las anécdotas y hasta las leyendas urbanas al respecto. Secuestros, mujeres embarazadas clavándose en los árboles, vigilias de varios días y noches. Todo un tema que merece una profunda reflexión, autocrítica y entendimiento.

No todos carecemos de lo mismo ni tenemos que pelear contra las mismas necesidades. Pero sí hay algo que tenemos en común y son esos 40 años de historia cuartorrepublicana y puntofijista que nos enclaustró, a nuestros antecesores y a nosotros mismos, en una profunda miseria social, económica y política que todavía tratamos de superar. Y lo hacemos con mucho esfuerzo.

Cuando la Revolución Bolivariana llegó al poder, después de tantas represiones y desaciertos de la derecha, pudimos comenzar a hablar abiertamente de socialismo, de la izquierda, de la verdadera democracia participativa en la que todos somos iguales y merecemos lo mismo, sin importar condición social, género, raza, nivel académico, edad o proveniencia. Los millones de venezolanos que convivimos en esta tierra de libertad tenemos derecho al mismo compendio de beneficios, un acceso igualitario a la vivienda, la salud, la educación, los alimentos y demás servicios básicos necesarios para tener una vida plena, digna.

Sin embargo, se establecen prioridades que como colectivo debemos comprender. De lo contrario, el avance y el desarrollo no serían posibles. Una familia en condiciones precarias tiene la prioridad en ese acceso sobre otra familia que si no lo tiene todo, al menos cuenta con gran parte de lo que necesitamos para vivir cómodamente. No es un desconocimiento a la clase media, mucho menos se trata de obstaculizar su crecimiento y mejoría. Es sentido de lo social, es calidad humana.

¿No entienden acaso que alcanzar la mayor calidad de vida para 25 millones de habitantes, o más, es la misión única y última de la nación, y que dicho objetivo requiere, inevitablemente, de la capacidad para planificar las metas y organizarnos como pueblo? ¿Cómo pretenden alcanzarlo sin establecer prioridades u orden en las acciones? ¿Acaso esperan que el más pobre se muera de hambre mientras que el más adinerado sigue engordando en su penthouse? ¿A quién se le ocurre algo como eso? ¿Qué tipo de persona, de padre o madre, de ejemplo a seguir, puede ser alguien a quien no le importa el prójimo? Y no estoy hablando de ideología política, que la tengo y la defiendo con los dientes y las uñas, hablo de lógica humana, de sensibilidad social, de ciudadanía. Es que si hasta quisiera hablar en términos religiosos llegaría a la misma conclusión.

Vuelvo al principio: el tema de las manifestaciones y los secuestros a las puertas del Ministerio. Trato de entender a quien lo hace por una necesidad real. A ese que tiene años luchando por un techo y aún no lo tiene. Vivir una necesidad como esa desesperaría a cualquiera.

Sin embargo, situaciones como las ocurridas a las puertas de este Ministerio durante las últimas semanas no responden únicamente a la “impaciencia revolucionaria” del necesitado, del “sin techo”. Detrás de estas personas que rodean nuestro edificio, que lanzan ofensas, que impiden la salida de nuestros trabajadores, que trancan las calles de Las Mercedes, que obstaculizan el tráfico (de gente inocente que tiene que pasar por allí para llegar a algún lado). Que le sirven en bandeja de plata a los opositores nuestro afán de hacer de Venezuela un lugar mejor cuando le declaran enardecidos a los medios de oposición; existen mafias organizadas que hacen negocio con la desesperación de otros, esos otros que sí tienen una razón auténtica pero que caen en el juego de los agitadores de oficio, de los que se ganan la vida engañándolos y prometiéndoles falsedades.

Esas mafias, hay que decirlo, cobran cifras abultadas a las comunidades asegurando que los van a incluir en listas y sistemas de adjudicación fantasmas, que dicen tener contactos con autoridades que se dejan comprar, que juran tener un atajo “mágico” para solventarles su situación en tiempo récord.

Y mientras haya inocente que caiga en las mentiras del mafiosos, el problema de la vivienda, el déficit que existe actualmente, no se podrá solucionar. Así de simple.

Los supuestos líderes y organizadores de las oleadas de invasiones que han ocurrido últimamente saben bien que invadir un terreno o unas viviendas que no les pertenecen es un golpe bajo para nuestro proceso. Ellos saben muy bien que invadir lo que estaba destinado a otro es condenar a un grupo de familias a una peregrinación no merecida. Lo saben y, sin embargo, negocian con eso.

Debemos, todos juntos, arrancar de raíz esa idea de que a través de las trancas, los gritos, las pancartas y las hileras de autobuses pagados (porque cuestan miles de bolívares fuertes), los mafiosos conseguirán concretar su trampa.

Aquí no aceptamos presiones de ese tipo. Aquí no negociamos con las necesidades del pueblo. Aquí no le abrimos las puertas a las mafias.

El pueblo, con su eterna sabiduría, debe entender esto. Debe trabajar de la mano con el Gobierno Bolivariano y Revolucionario de nuestro Presidente Hugo Chávez. No hay otra salida. No existe otro camino para alcanzar la mayor suma de felicidad posible.

Vivienda: ¡tenías que ser mujer!

Publicado en TEMAS Venezuela
Opinión
del 19 al 16 de octubre de 2008
Maglene Sierraalta

Harto conocido es la diversidad de funciones que desempeñamos nosotras las mujeres: esposas, madres, abuelas, tías, hermanas, hijas, nietas, amas de casa, niñeras, conserjes, enfermeras, profesionales universitarias, profesoras, deportistas, heroinas, matronas, Cadetas, Capitanas y hasta troperas. Mantenemos económicamente a la familia. Realizamos trabajo hogareño y externo.
Este desempeño de múltiples funciones genera necesidades; la primordial: vivienda.
Necesidad de espacio para abrigar, desarrollar a nuestros hijos y formar la familia. ¡Vivienda con cara de mujer!.
Conformamos la mitad de la población. Nos encontramos en doble desventaja por tener que trabajar en la calle, al tiempo de atender a la familia y estar encargada de los quehaceres del hogar.
Mundialmente, demuestran las cifras, que la tercera parte de los hogares del mundo están encabezados por mujeres. En algunos sitios de Africa y América Latina, en no menos del 45% de los hogares, la cabeza de familia es una mujer. Estadísticamente está demostrado que estos hogares son más pobres que aquellos donde un hombre actúa como “jefe de familia”.
Diversas son las razones por las cuales una mujer asume la jefatura del hogar: viudez, divorcio, desplazamiento de población, maternidad en soltería y voluntad propia. En muchos casos, el hombre, convertido en migrante, ha tenido que irse en busca de mejores oportunidades de trabajo.
Las mujeres sufrimos al no poseer la vivienda donde desarrollar el hogar con la familia; muchas habitamos viviendas precarias. Se vive arrimada con familiares o amigos; se alquila una vivienda inadecuada. A duras penas se subsiste. Las mujeres somos vulnerables y estamos expuestas a la violencia de los desalojos. En nuestro presupuesto mensual, después de la alimentación, lo primordial es el pago de la vivienda.
Somos las mujeres quienes luchamos por el derecho a la tenencia de la vivienda en la cual habitamos desde hace más de diez años. ¡Muchas han sido las promesas que hemos recibido desde hace cuatro años y aún no se observan resultados!. Seguimos luchando. Esperamos. Tenemos paciencia revolucionaria.

Hábitat

Publicado en TEMAS Venezuela
Opinión
del 3 al 9 de octubre de 2008
Maglene Sierrraalta

En 1985 la Asamblea General de la ONU decidió decretar el primer lunes del mes de octubre como el día Mundial del Hábitat. En 1986 se inició la celebración mundial.
Escuchamos hablar del Hábitat, tenemos un Ministerio de Vivienda y Hábitat, conocemos el concepto de vivienda, pero ¿sabemos qué es el Hábitat?
El Hábitat está definido como el lugar donde un organismo vive y halla lo que necesita para sobrevivir: refugio, aire, agua, alimento y espacio. Los seres humanos, como organismos vivos y para poder vivir en nuestro medio, necesitamos tener todos esos elementos.
Quedan implícitos, para el ser humano, la relación Ciudad y Vivienda. Nace la búsqueda de soluciones para llegar al logro, creado constitucionalmente, del derecho a una vivienda digna; y mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos más necesitados y de bajos ingresos. Venezuela tiene la nueva Ley de Vivienda y Hábitat donde se crea el marco jurídico necesario para su acceso.
En el planeta cada día crecen las poblaciones urbanas; se estima que, para el 2030, éstas habrán duplicado a las rurales. Se ha calculado en 1.000 millones la población del mundo alojada en viviendas inadecuadas y en 100 millones los Sin Techos.
Caracas requiere un rediseño de su Hábitat.
En los últimos 60 años se generó una producción masiva de edificaciones destructoras de la vegetación, sin criterios de ciudad. Donde vívían dos familias, con un carro, se erigió un edificio para 40 con el lógico incremento de vehículos, pero ¡Se olvidó el Hábitat! la calle y la acera continuaron siendo del mismo ancho; colapso total en el transporte. Pasamos horas y horas sentados en un vehículo para trasladarnos del hogar al trabajo y viceversa.
Igualmente, nos olvidamos de la convivencia. Nos hemos dedicado a cerrar las calles con vigilancia privada, a enrejar las casas y edificios; vivimos presos. Es necesario mejorar nuestros refugios y espacios para disfrutar las ventajas de la Ciudad.
El Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat plantea la construcción de nuevas ciudades en las cuales, además del desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de la familia venezolana, se muestre su sustento en el tiempo. ¡Todo a futuro!
Sin embargo, tenemos un presente caótico al cual no se le debe dar la espalda ni ocultar con un dedo. Hay que trabajar en paralelo para corregir los tropiezos del pasado y lo que podemos hacer en el presente, para optar en el futuro a los resultados que ansiamos.

Vivir de las rentas sin trabajar

Publicado en TEMAS Venezuela
OPINIóN
del 26 de septiembre al 2 de octubre de 2008
Maglene Sierraalta

En Agosto de 1998, Bernardo Pulido Azpúrua, Ingeniero Civil exPresidente de la Junta Directiva Nacional de Soitave, escribió un artículo en la Revista Inmuebles donde alertaba acerca del nuevo elemento distorsionante que complicaba la ejecución de avalúos.
El Ingeniero Pulido se refería a la data obtenida de los Registros Subalternos Inmobiliarios y la influencia que ejercían los honorarios pagados en el acto de protocolización, calculados en base a estimaciones de valor del bien que hacía el Registrador. A este acto lo bautizaron con el nombre de “Avalúo del Registrador”: acción fundamentada en la Ley de Registro Público.
Le preocupaba, al Ingeniero Pulido, la falta de soporte científico de estas valoraciones. No consideraban condiciones como conservación, mantenimiento y edad del inmueble; no se hacían diferenciaciones en un mismo sector, simple apreciación personal del registrador de turno. De esta forma se producía una sobrevaluación de los metros cuadrados vendibles y esto a su vez daba mayores Derechos de Registro por el pago de la protocolización de los documentos de venta.
Estimaciones “a priorique abrieron puertas y ventanas a la especulación inmobiliaria en Venezuela.
Definitivamente, en materia de avalúos de inmuebles debemos “agarrar el toro por los cachos”. Es cuestión de tomar Conciencia del carácter de la penuria de la vivienda, primordialmente de la Gran Deuda Social heredada que tiene el Estado venezolano con sus ciudadanos.
Continuar con los paradigmas de la economía tradicional capitalista, en los cuales se considera al inmueble como una mercancía producto de la inversión de capital, capital fijo y capital variable (capital en la medida que genera plusvalías por sí mismo) no es la mejor vía a la solución social de la necesidad de vivienda.
El suelo urbano por sí solo no genera plusvalía. Ésta se da gracias a las construcciones y servicios realizados por el Gobierno de turno.
Quiere decir que el propietario o el heredero ¡no! se han ganado con su “sudor” esa plusvalía. ¿Tienen derecho a especular aumentando sin límite los alquileres y ventas sin trabajar esa renta?
Engordar tierras o inmuebles no significa productividad que beneficie al colectivo.
¿Se justifica la especulación? ¿Hasta cuándo se dejará que el valor de la tierra o el edificio sea colocado por los especuladores?
Heredar suelo urbanizable o agrícola, edificios, casas, no justifica percibir “rentas” sin trabajar.

jueves, 2 de octubre de 2008

Carta de Inquilinos

International Union of Tenants
Unión Internacional de Inquilinos


CARTA DE INQUILINOS

La primera versión de la misma fue aprobada en la sesión del Consejo de la Unión Internacional de Inquilinos (UII) en Bergen, Noruega, el 6 de junio de 1974. La segunda fue aprobada por la Junta directiva de la UII en Berlín, Alemania, el 1 de diciembre de 2001. Ésta última le será presentada formalmente al Congreso de la UII, a celebrarse en 2003 ó 2004.

I Derecho a la vivienda

El derecho a una vivienda apropiada aparece a una serie de textos sobre derechos humanos. La UII y sus organizaciones miembros solicitan el derecho a la vivienda y a un hogar apropiado, así como otras medidas encaminadas a mejorar la calidad de vida de los inquilinos.
El derecho a una vivienda de calidad, accesible y al alcance de todos constituye un derecho humano universal que ha de ser reivindicable jurídicamente por las constituciones y legislaciones de todos los países.
Los gobiernos deberán destinar recursos suficientes a fin de llevar este derecho a la práctica, y los países más ricos deberían brindar medios a aquellos que no los tengan.
La UII apoya los esfuerzos encaminados a integrar este objetivo en los documentos y declaraciones de la ONU.
Para más referencia sobre los textos de la ONU véase el Anexo I.

II Reconocimiento de las organizaciones de inquilinos

Las legislaciones nacionales deberían respetar el derecho al recoconimiento y corresponsabilidad de las organizaciones de inquilinos.
La legislación nacional deberá proteger y facilitar el trabajo de las organizaciones de inquilinos democráticas.

III Ningún tipo de discriminación

Cada persona tiene derecho a un alojamiento digno de un ser humano. Será responsabilidad de los gobiernos impedir y prevenir la posible existencia de cualquier tipo de discriminación en el mercado de la vivienda por motivos raciales, nacionales, sexuales u otros.

IV Vivienda sana y conveniente

La vivienda, el espacio adyacente y los terrenos exteriores han de ser convenientes, sanos y libres de materiales y sustancias que pudieran poner en peligro la salud.
Será responsabilidad del propietario del inmueble, asegurar, junto con los inquilinos, que el edificio quede protegido de materiales y sustancias que pudieran afectar particularmente a los niños.

V Alquiler

Siendo el derecho a la vivienda un derecho humano, a raíz de la Carta Universal de Derechos Humanos (1948, artículo 21.1) y de la Declaración de la ONU de derechos económicos, sociales y culturales (1966, artículo 11), el alquiler deberá establecerse a un nivel accesible, es decir, debería adecuarse a los ingresos del inquilino.

El alquiler debería establecerse bajo presencia del inquilino y/o de la organización de inquilinos de la que es miembro. El alquiler deberá basarse en un contrato jurídico. Dicho contrato deberá asimismo regir y regular el alquiler para un período definido.

VI Participación en la toma de decisiones

Los inquilinos deben tener derecho a participar en los procesos de la toma de decisiones a través de sus organizaciones..

a) Los inquilinos individuales deberían tener los derechos siguientes:
  • crear y administrar una organización de inquilinos a fin de contribuir a la solución de los problemas relacionados con el medio ambiente, las condiciones de su contrato, así como para desarrollar actividades relativas a la vivienda y al desarrollo de la comunidad,
  • poder presentar quejas y requerimientos internos, así como procedimientos de revocación,
  • a contratar servicios de mediación y arbitraje,
  • a ser consultados por organismos responsables del seguimiento, supervisión y verificación de las condiciones de vida de los inquilinos.
b) Las organizaciones de inquilinos reconocidas deberían tener derechos a nivel local, y allí donde sea conveniente, a nivel nacional:
- a participar en el proceso de negociaciones para establecer el alquiler,
- a participar en la elaboración, seguimiento y revisión de todos los contratos internos, así como en los problemas de la comunidad, y a discutir las quejas de los inquilinos,
- deberán estar integradas en cualquier tipo de organismos creados para adoptar medidas encaminadas a resolver las quejas de los inquilinos o mejorar el estado de cosas.

c) Los inquilinos deberían gozar, a través de las organizaciones de inquilinos reconocidas, del derecho a:
- tener fijado su alquiler,
- a participar en los organismos responsables del seguimiento, inspección y revisión de las condiciones de sus viviendas,
- solicitar una inspección independiente de los servicios relacionados con su vivienda,
- llevar a cabo consultas y a participar en el desarrollo y realización de cualquier tipo de planes para resolver las deficiencias existentes; contribuir al cumplimiento de los servicios estandarizados.

d) Actividades protegidas
Los propietarios de edificios con viviendas múltiples y sus representantes deben posibilitar a los inquilinos y a sus organizadores desarrollar actividades relacionadas con la creación o funcionamiento de una organización de inquilinos, incluyendo, mas no exhaustivamente:
- establecer contactos con los inquilinos y ofrecerles toda la información necesaria,
- ayuda a los inquilinos al desarrollar actividades en su organización de inquilinos,
- reuniones regulares de inquilinos en encuentros planificados, celebrados con regularidad en un lugar al que tengan acceso todos los interesados, independientemente de los representantes de la dirección.

VII Tribunales para establecer el alquiler

Ha de ser aprobada una legislación que permita crear tribunales para establecer el alquiler y/o comisiones de arbitraje, en las que participen representantes de las organizaciones de inquilinos legítimas.
El número de inquilinos y propietarios deberá ser proporcionado. El presidente será independiente.

VIII Viviendas de alquiler públicas/sociales y privadas – necesidad de un fondo de vivienda diferenciado
Una sociedad en buen funcionamiento requiere una diversidad de viviendas, tomando en consideración el volumen y el estándar para diferentes necesidades y períodos de la vida humana.
El propio inquilino deberá decidir si desea ser propietario de la vivienda o si la quiere tener alquilada.
La sociedad, a fin de impedir la segregación y exclusividad social, deberá contar con suficientes viviendas de alquiler, en propiedad del estado, del ayuntamiento o de otra institución creada para este propósito.
La vivienda pública y/o social debería formar parte importante de la vivienda en cada sociedad. La vivienda de alquiler privada es una forma complementaria y valiosa de las viviendas de alquiler, no obstante, hace falta que esté regulada por contratos legítimos, siempre que se produzca, por contratos de alquiler y responsabilidad por los servicios y reparaciones.

IX Seguridad de posesión

El problema de la seguridad de posesión pronto ha sido definido, pues sirve de cierto catalizador, ya que siempre conduce a procesos y problemas relevantes relacionados con el mantenimiento y mejora de la vivienda. La seguridad de posesión, según las Naciones Unidas, caracteriza éste acuerdo de un individuo o grupo de personas hacia un terreno y vivienda, como un acuerdo regido y regulado por un marco jurídico y administrativo. La seguridad parte del hecho de que el acceso al terreno, a los bienes y a su utilización, está confirmado por una serie de reglamentos, por todos conocidos, y de que se trata de un derecho totalmente legítimo.

a) Una persona o familia debe contar con la seguridad de posesión para protegerse de un desalojamiento arbitrario, exceptuando casos excepcionales, o bien por medios de un procedimiento jurídico conocido y acordado, que ha de ser objetivo, aplicable, reversible e independiente.

b) Un desalojamiento judicial en casos sociales no se aceptará sin que el inquilino reciba otra vivienda adecuada.

c) El desalojamiento de una vivienda social, basado en deudas de alquiler no debería ser tolerado, pues estos casos suelen ser consecuencia de inestabilidad social y económica en la sociedad.

d) El aviso de desalojamiento al propietario, administrador o poseedor del inmueble en un plazo de semanas previamente acordado, podrá poner fin al alquiler y al derecho de posesión.
El propietario, administrador o poseedor podrá poner fin al alquiler únicamente por una serie de motivos que estarán plasmados en el contrato de arrendamiento o en otro documento similar.

e) Todos los inquilinos deberán contar con plena protección ante avisos de desalojamiento que no se basen en hechos indiscutibles. Por razones sociales no es aceptable el desalojamiento judicial de un inquilino sin la oferta de otra vivienda apropiada.

X Requerimientos de calidad

El derecho a participar en el proceso de la toma de decisiones debería permitirle asimismo a las organizaciones de inquilinos representativas, influir en la calidad física de la vivienda, así como en los servicios y en la vida de la comunidad.

Teniendo en cuenta las viviendas y barrios existentes, la UII plantea varios requerimientos en cuanto a la calidad de la vivienda se refiere.

(a) Calidad de la vivienda.
(b) Calidad de los servicios brindados.
(c) Medidas para prevenir robos y garantizar una comunidad segura.
(d) Separar el transporte en los barrios residenciales, aceras en medida suficiente, campos de juego y zonas verdes.
(e) Buenas condiciones de higiene, en cuanto a ventilación, reducción de ruidos y acceso a agua potable en la proximidad de la vivienda.

a) Calidad de la vivienda

El poseedor del inmueble responde por el mantenimiento.
Si el poseedor del inmueble no cumple con esta responsabilidad, los inquilinos han de tener derecho a procedimientos jurídicos para obligarle al poseedor a que mantenga sus bienes en unas condiciones adecuadas.
El inquilino deberá contar con el derecho, bajo ciertos reglamentos y acuerdos con el propietario, a realizar el mantemiento interno de la vivienda alquilada.
El propietario, por su parte, podrá refutar cualquier cambio interno, siempre que esté convencido de que el inquilino no será capaz de realizar las modificaciones propuestas o si las mismas pudieran reducir el valor de sus bienes, o bien si solicitaran la intervención de personal calificado con habilidades certificadas.

Será en interés tanto del inquilino como del propietario, el que para el mantenimiento y reparaciones de los edificios existentes, actividades de remodelación y nuevas viviendas se utilicen materiales duraderos y convenientes para el medio ambiente.
Los inmuebles serán construidos de forma conveniente, para permitir el acceso a todos los ciudadanos, incluyendo a los minusválidos.

b) Calidad de los servicios brindados

Será responsabilidad de las instituciones públicas garantizar el acceso a los servicios conjuntos, como pueden ser las atenciones médicas, escuelas, tiendas, recogida de basura y transporte urbano.

c) Medidas para prevenir robos y garantizar una comunidad segura

Será responsabilidad del propietario del inmueble y de las autoridades crear una comunidad segura. Esto incluye medidas tales como es el alumbrado de las calles, protección contra robos y adaptación del ambiente social a que prevenga la violencia y otros tipos de comportamiento indeseables.

d) Separar el transporte de los barrios residenciales, disponer de aceras en medida suficiente, de campos de juego y zonas verdes

El transporte urbano en los barrios constituye una prioridad. Deberá impedirse, donde sea posible, la circulación de automóviles en el barrio. Los peatones y ciclistas deben tener prioridad.
El barrio residencial deberá contar con amplios espacios abiertos, con zonas verdes y campos de juego. Deberán existir facilidades para satisfacer necesidades, tales como la educación física y el tiempo de ocio.

e) Buenas condiciones de higiene, en cuanto a ventilación, reducción de ruidos y acceso a agua potable en la proximidad inmediata de la vivienda.

Todas las viviendas deberán tener acceso inmediato a un equipamiento higiénico apropiado, tales como lavabos u otros equipos satisfactorios, desague y lavandería. En las afueras o en la proximidad inmediata deberá existir acceso a agua potable.

El espacio de la cocina deberá disponer de una ventilación suficiente. La vivienda deberá ser construida con una calidad que permita reducir los ruidos del exterior o de otros pisos a un nivel aceptable.







Anexo 1
Documentos de la ONU
relativos a la vivienda y a un hogar apropiado

A. Carta Universal de los Derechos Humanos (Asamblea General de las Naciones Unidas 1948)
"Cada persona tiene derecho a un estándar de vida adecuado para asegurar la salud y bienestar para sí mismo y para su familia, incluyendo alimentos, ropa de vestir, vivienda, atenciones médicas y servicios sociales indispensables…" (Artículo 21.1)

B. Convenio internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966)
"… el derecho de cada ser humano a un nivel de vida adecuado para sí mismo y su familia, incluyendo alimentos, ropa de vestir, vivienda y la mejora permanente de las condiciones de vida. Los estados…" (Artículo 11)
Ratificado por 106 países, incluyendo todos los estados miembros de la UE

C.- Convenio internacional de erradicación de todas las formas de discriminación racial (1965)

D.- Convenio de erradicación de todas las formas de discriminación de la mujer (1979)

E.- Convenio de derechos del niño (1989)

F.- Convenio de estatuto de los refugiados (1951)

G.- Convenio de Vancouver de viviendas humanas, 1976

Este convenio reitera los principios de la Carta Universal de Derechos Humanos y exige que la política de la población humana esté en armonía con los derechos humanos generales.
"Una vivienda y unos servicios adecuados constituyen un derecho humano fundamental, hecho que representa un compromiso para todos en el esfuerzo por conseguir dicho objetivo…
Es de particular importancia la eliminación de cualquier tipo de segregación social y racial, y ello a través de la creación de comunidades más equilibradas, que incluyan diferentes capas sociales, profesiones, viviendas y equipamiento." (Apartado III, 8)

H. Programa de Hábitat, Estambul 1996

Capítulo IV
Art. 8 Vivienda adecuada para todos
"Desde la aprobación de la Carta Universal de Derechos Humanos en 1948 se reconoce el derecho a una vivienda adecuada como parte integrante de un nivel de vida apropiado. Todos los gobiernos, sin excepción alguna, deben asumir su responsabilidad en el terreno de la vivienda…"
Art. 68 g "apoyar la entrega de viviendas de alquiler accesibles, así como derechos y obligaciones tanto de los inquilinos como de los propietarios."
Art. 72 h "desarrollar, donde sea conveniente, instrumentos flexibles para regular el mercado de la vivienda, incluyendo el mercado de viviendas de alquiler, tomando en consideración las necesidades especiales de los grupos sociales indefensos."
Art. 81 f "alentar al sector privado a que movilice recursos para conseguir una mayor variedad en cuanto a exigencias de vivienda, incluyendo la vivienda de alquiler, mantenimiento y reparaciones."